SEMPRE advierte que prestadores de salud no podrán cobrar adicionales por prácticas o consultas profesionales.
Los coseguros de cada prestación se encuentran convenidos en el Nomenclador de SEMPRE. Por lo tanto, los afiliados no deberán abonar valores superiores a lo acordado con cada Colegio de Profesionales (Médico, Odontológico, Bioquímico, Kinesiológico).
Los usuarios están protegidos por la Ley 1067, que prohíbe a prestadores del servicio de salud que actúen en la provincia cobrar plus o aranceles que superen lo acordado con el Instituto de Seguridad Social.
En caso de ser perjudicado por esta práctica, hacerlo saber al Ministerio de Salud a la casilla de correo electrónico despachomsalud@gmail.com o descargar el formulario en www.isslapampa.gob.ar/sempre-cobros-indebidos/

